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Son funciones del Consejo Económico y Social las siguientes:
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Emitir Dictamen sobre los Anteproyectos de Ley que regulen materias económicas, sociales y laborales y sobre Proyectos de decretos-legislativos o decretos que tengan especial transcendencia en los ámbitos económico y social de Castilla-La Mancha.
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Emitir Dictamen sobre los Anteproyectos o proyectos de disposiciones que afecten a su organización, competencia o funcionamiento.
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Emitir Dictamen sobre aquellos asuntos que, por su especial transcendencia en los ámbitos económico y social de la Comunidad Autónoma, le sean sometidos por las Cortes Regionales o por el Consejo de Gobierno.
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Elaborar estudios o informes en el marco de los intereses que le son propios, formulando las recomendaciones o propuestas que considere oportunas.
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A los efectos de su conocimiento y valoración, el Consejo de Gobierno remitirá al CES, con carácter previo a su aprobación, el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad, el Plan de Desarrollo Regional, así como las medidas de programación económica que desarrollen en ejecución de dicho Plan.
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Canalizar las demandas y propuestas de carácter socioeconómico provenientes de grupos de actividad económica y social en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
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Realizar una memoria anual de actividades, dentro del primer semestre de cada año, en la que se incluirá un informe sobre la situación general socioeconómica de la Comunidad Autónoma, que será remitida al Consejo de Gobierno y a las Cortes Regionales.
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